Opinión- Mayo 2022
Por: Transparencia por Colombia
Los cuerpos normativos de cualquier tipo son elementos fundamentales cuando hablamos de la lucha contra la corrupción en nuestras sociedades actuales y en todos los ámbitos posibles. Son una guía que nos da pautas para prevenir, investigar y sancionar actos en contra de la integridad y, en particular, de los recursos públicos. Son fundamentales, como bien se dijo, pero no son suficientes.
Hay un elemento central que no puede soslayarse en esta lucha: el denunciante. Aquella persona que alerta y señala actos que van en contra tanto de su propia ética como de la colectiva. En muchas ocasiones son, incluso, quienes ayudan a preservar la integridad de las organizaciones, empresas o entidades de las hacen parte.
En este caso, hablaremos específicamente de la protección del denunciante en el sector privado. Un tema que para muchas personas es, quizás, poco común, puesto que frecuentemente los grandes escándalos de corrupción se dan casi siempre en el sector público.
Hay varios elementos a tener en cuenta, porque no sólo se trata de incentivar la denuncia sino de dar garantías y procurar procesos y procedimientos que den confianza en las personas. Además de propender por una cultura que pondere al denunciante en la mejor forma como un elemento ético indispensable.
Sobre esto último que se menciona, debemos hacer especial hincapié, ya que culturalmente la persona que denuncia al interior de una organización es vista, sobre todo por sus pares, como “sapo”, término que ha sido utilizado coloquialmente para insultar a quienes “se meten donde no deben”. En realidad, se está haciendo referencia a una persona que se arriesga a denunciar, tomar el control, hacer seguimiento a los dineros públicos, respetar a los demás y desaprobar hechos de corrupción (tema del que se ocupa la campaña (“Sapos de honor”).
Por lo tanto, es totalmente necesario comprender la protección al denunciante como un componente esencial de un mecanismo de denuncia óptimo, en el que la confianza es el valor base para el éxito, sobre todo en una cultura en la que al denunciante se le asigna una carga valorativa negativa que lo hace aún más susceptible de vulneraciones en su entorno.
El denunciante debe gozar de plenas garantías para ejercer su rol activo de lucha contra las prácticas corruptas.
Para poder comprender e implementar acciones concretas que lleven a las organizaciones del sector privado a gestionar un sistema de integridad y protección, Transparencia por Colombia ha desarrollado una Guía práctica de orientaciones para la protección al denunciante de corrupción empresarial.
Pero antes de ahondar en otros elementos y detalles que contiene la guía, es necesario responder tres preguntas básicas que en toda organización se deben hacer:
- ¿A quién se protege? A cualquier persona que haya revelado información que ponga en evidencia una conducta o práctica ilegal o violatoria de los lineamientos éticos y organizacionales.
- ¿De quién se protege? De cualquier tipo de actor, sea interno o externo a la organización, que de forma culposa o dolosa pueda afectar la estabilidad laboral, así como la integridad física y emocional.
- ¿De qué se protege? De cualquier tipo de actuación culposa o dolosa que pueda atentar contra la estabilidad laboral, así como la integridad física y emocional.
Así las cosas, la protección al denunciante demanda asegurar y disponer de diversas herramientas, procesos, procedimientos y protocolos, tanto de carácter preventivo como activo, que busquen disminuir cualquier posibilidad de afectación por un eventual riesgo o retaliación, ya sea hacia el denunciante o sus círculos cercanos, así como eliminar o mitigar los impactos en el evento que los riesgos se hagan efectivos.
A partir de esa comprensión general, reflexión y aterrizaje inicial sobre las tres preguntas iniciales, el sistema de protección a denunciantes de hechos de corrupción, debe abordar los siguientes puntos:
- El proceso de protección, en el que está incluido la valoración del riesgo y las medidas necesarias y concertadas.
- Medidas de protección: Pueden existir múltiples medidas de protección a considerar por una empresa. Sin embargo, hay dos grandes categorías que ayudan a determinar la diligencia que la empresa tiene frente al denunciante y su protección: las medidas preventivas y las medidas activas. Las primeras buscan generar ambientes y cultura de confianza para que la denuncia se dé cuando lo sea necesario, sin mayores obstáculos. Las segundas buscan mitigar los riesgos y vulnerabilidades de los denunciantes.
- Evaluación de las medidas de protección tomadas, ya sea para su suspensión, prórroga o cancelación.
- El proceso de investigación, que debe estar a cargo de una persona o equipo de personas idóneas y capaces de mantenerse imparciales, independientemente de si es interno o externo. En su mayoría estos procesos recaen en ocasiones sobre otras personas que están inmersas en las dinámicas organizaciones de la empresa.
- Garantías de anonimato y/o confidencialidad para los denunciantes. El anonimato tiene que ver con procurar procesos de denuncia donde la identidad de las personas no sea conocida por nadie, ni siquiera por quien toma la denuncia. Por su lado, la confidencialidad nos habla de que sólo pocas personas involucradas en el proceso de investigación conocen la identidad del denunciante.
- Comunicación y generación de una cultura de denuncia. En este punto, las empresas y organizaciones deben construir un ambiente donde las personas se sientan seguras de denunciar si algo fuera de los parámetros, normas e integridad ética llegara a ocurrir. Esto se logra informando de manera asertiva sobre los procesos, procedimientos y sanciones que existen contra las prácticas corruptas.
Para que dicho sistema funcione y se fortalezca, debe ser institucionalizado, debe convertirse en parte estructural de la entidad, independientemente de quienes la conformen en el tiempo, esto se da a través de políticas, normas y procedimientos, y se desarrolla mediante un aprendizaje colectivo entre múltiples actores con el acompañamiento de los niveles más altos de la empresa.
Finalmente, hay que recordar siempre que la denuncia y el denunciante son centrales para que la lucha contra la corrupción tenga éxito. Estudios demuestran que las denuncias interpuestas por personas permiten identificar con mayor eficacia hechos de corrupción, por encima de cualquier sistema de alertas internas.
Consulte la Guía práctica de orientaciones para la protección al denunciante de corrupción empresarial con los siete puntos claves y detallados de manera precisa para materializarla en su organización o empresa.