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Glosario

Encuentra algunas de las definiciones claves para ampliar tus conocimientos sobre la actividad legislativa en el país.

Acto Legislativo

Son normas que modifican, reforman, adicionan o derogan algún artículo de la Constitución. El trámite debe desarrollarse en 8 debates; el trámite es igual al de las Leyes ordinarias solo que debe surtirse dos veces. (Artículo 375 de la Constitución Política de Colombia)

Cámara de Representantes

La Cámara de Representantes es una de las dos cámaras que compone el Congreso de la República. Está integrada por los representantes elegidos a nivel departamental por un periodo de cuatro años. 

La Cámara se compone por 172 representantes. Sin embargo, para los periodos 2022-2026 y 2026-2030, cuenta con 16 adicionales en representación de las Circunscripciones Especiales Transitorias de Paz.  

La actividad legislativa en la Cámara de Representantes se ejerce a través de siete comisiones permanentes, siete comisiones legales y cuatro comisiones especiales. 

(Constitución Política de Colombia)

Comisión Permanente

Son las Comisiones encargadas de dar el primer debate a los Proyectos de Ley o de Acto Legislativo de acuerdo con la competencia. Cada cámara contará con un total de siete Comisiones Permanentes.

(Ley 3ª de 1992)

Comisión Accidental

Las Comisiones Accidentales son aquellas creadas para superar las diferencias que existan respecto del articulado de un Proyecto que se encuentre en discusión. La función de estas Comisiones es consolidar un solo texto sobre la 

Iniciativa legislativa

La iniciativa legislativa se refiere a quién puede o tiene competencia para radicar un proyecto de ley. Esto le corresponde principalmente a los miembros del Congreso. También incluye al Gobierno a través del Ministro del ramo, la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, el Consejo Nacional Electoral, el Procurador General de la Nación, el Contralor General de la República, el Defensor del Pueblo, el 30% de los Concejales o Diputados electos en el país o los ciudadanos en número equivalente al menos, al 5% del censo electoral vigente.

Legislatura

Corresponde al periodo de sesiones ordinarias llevados a cabo durante un año desde el 20 de julio hasta 20 de junio del año siguiente. Cada Legislatura se compone por dos períodos. El primer período de sesiones comenzará el 20 de julio y terminará el 16 de diciembre; el segundo el 16 de marzo y concluirá el 20 de junio. (Ley 5ª de 1992)

Ley Ordinaria

Son leyes que no contemplan disposiciones relacionadas con el desarrollo de los derechos fundamentales o la estructura y el funcionamiento de las entidades del Estado. Su trámite consta de 4 debates: 2 en la cámara en la que se presentó inicialmente y 2 en otra.

Ley Orgánica

Determinan las funciones y la estructura de las entidades del Estado colombiano (los reglamentos del Congreso, las normas sobre preparación, aprobación y ejecución del presupuesto de rentas, la ley de apropiaciones y el plan general de desarrollo, las competencias normativas de las entidades territoriales). Las leyes orgánicas requerirán, para su aprobación, la mayoría absoluta de los votos de los miembros de una y otra Cámara

Ley Estatutaria

Desarrollan el reconocimiento y la garantía de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución. Estas contemplan las medidas para asegurar el desarrollo y estricto cumplimiento de los derechos. Su trámite consta de 4 debates: 2 en la cámara en la que se presentó inicialmente y 2 en otra; los cuatro debates deberán realizarse en una sola legislatura.

 

Mensaje de Urgencia 

Consiste en un llamado realizado por el Presidente de la República para dar prioridad en a un Proyecto de Ley en particular, este mensaje de trámite de urgencia implica que el primer debate se desarrolle en sesión conjunta de las comisiones de Cámara y Senado. Si el mensaje de urgencia se reitera, en el segundo debate deberá ser el único punto en el orden del día en la Comisión.

(Ley 5 de 1992, art 169)

Sesión ordinaria 

Las sesiones ordinarias son las que, de acuerdo con el Reglamento del Congreso, deben adelantarse durante el tiempo de la legislatura. Durante estas sesiones los congresistas gozan de todas las atribuciones constitucionales.

Cada legislatura se compone de dos periodos de sesiones ordinarias así: 

  1. Desde el 16 de marzo hasta el 20 de junio 
  2. Desde el 20 de julio hasta el 16 de diciembre

(Ley 5ª de 1992)

Sesión extraordinaria

Las sesiones extraordinarias son aquellas convocadas por el Presidente de la República con el fin de que el Congreso discuta uno o unos temas específicos fuera del periodo de sesiones ordinarias. Las atribuciones del Congreso durante estas sesiones son extraordinarias. (Ley 5ª de 1992)

Sesiones especiales

Las sesiones especiales son las convocadas por el Congreso mismo para ser desarrolladas durante los periodos de receso. (Ley 5ª de 1992)

Periodo legislativo constitucional

Es el periodo para el que fueron elegidos los y las congresistas. El periodo legislativo inicia el 20 de julio del año en el que se llevaron a cabo las elecciones y finaliza al cumplirse las cuatro legislaturas. (Ley 5ª de 1992)

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