Por: Gabriel Alejandro Hernández Muñoz
Opinión- 14 de marzo de 2025
Para los que no saben cómo funcionan, un escape room es un juego en el que los participantes trabajan juntos para resolver acertijos con información limitada que permite salir de un laberinto en un tiempo determinado. No todas las pruebas están disponibles hasta que se logran avances específicos y una pista antes de tiempo puede desviar al grupo o hacerlo fracasar. Sobre este punto discutimos con mi familia: no tener toda la información puede que parezca una traba, pero con toda la información el juego tampoco avanzaría. Y es justo este punto me hizo pensar en las negociaciones de paz.
Aunque no toda la información estará disponible para la ciudadanía hasta que se logren avances específicos, algo así como “no todo está publicado hasta que todo esté acordado”, como ciudadanos debemos trabajar juntos para impulsar avances en los procesos de negociaciones y pedir a las partes que pongan toda su voluntad para salir del conflicto, incluso con información limitada, pues se requieren ciertos niveles de confidencialidad para que las negociaciones avancen. Esto porque revelar información antes de tiempo puede desviar el foco de atención del objetivo de lograr la paz y puede llevar a que las negociaciones fracasen.
Esto evidencia una tensión entre el derecho de acceso a la información y el derecho a la paz ya que ambos están contemplados en la Constitución Política. Entonces, la pregunta es ¿qué tan necesario es la ciudadanía conozca sobre los procesos de construcción de paz para que sean viables? Un ciudadano demandó ante la Corte Constitucional un artículo de la ley de la Paz Total pues consideraba que restringía el acceso de información sobre procesos de información por parte de la ciudadanía. Transparencia por Colombia intervino en el proceso solicitando a la Corte Constitucional que aplicara un test de proporcionalidad (proceso en el que revisa si una medida es adecuada para el fin que busca sin poner en riesgo el cumplimiento de otros derechos) para determinar, más allá de la norma demandada, cuándo el garantizar alguno de estos derechos podría poner en riesgo la garantía del otro.
Transparencia por Colombia tomó como base para la intervención su análisis sobre el acceso a la información de la implementación del Acuerdo de Paz de 2016 tras 8 años de su implementación. Este análisis muestra que la garantía de este derecho enfrenta múltiples obstáculos en relación con la implementación del Acuerdo de Paz.
Por ejemplo, la información no está consolidada ni centralizada a causa de una institucionalidad para la paz débil y la información está fragmentada en distintas entidades y portales de información. Adicionalmente, los canales utilizados para la publicación de la información son deficientes y la ciudadanía no los conoce. Otro ejemplo, es que la información es entregada sin detalle, está incompleta o es dada fuera de los tiempos establecidos por la ley. Para cerrar, los procesos de control ciudadano se desarrollan en contextos de continuidad del conflicto lo que genera temor en la solicitud de información.
A partir de la intervención realizada por Transparencia por Colombia, la Corte Constitucional puso en la balanza el derecho de acceso a la información y el derecho a la paz, logró una mayor claridad entre los dos al diferenciar las negociaciones de paz de los acuerdos de paz. A partir de ello, concluyó:
- Sobre las negociaciones de paz la información puede ser reservada, lo cual debe ser justificado. Esto, entendiendo que se requiere cierta confidencialidad para que las negociaciones avancen exitosamente.
- Sin embargo, la reserva de la información no aplica para los acuerdos de paz y su implementación, pues se trata de acciones que deben ser públicas y por lo cual no debe haber ninguna opacidad, al contrario, toda la transparencia posible.
Esto es relevante, en primera medida, porque la reserva de información en los procesos de negociación es fundamental para su continuidad y lograr avances sin generar desconfianza entre las partes, procurando que se llegue a acuerdos para superar el conflicto. En segunda medida, porque da relevancia a la obligación de las autoridades de publicar y responder las solicitudes de información sobre los acuerdos logrados y su implementación, procurando transparencia en la implementación de los acuerdos.
De esta manera, se crea jurisprudencia por parte de la Corte Constitucional y ayudar a cerrar el vacío que existía, hasta el momento, sobre qué tanto era posible conocer sobre las negociaciones y sobre la implementación de acuerdos de paz.
El análisis realizado por Transparencia por Colombia y la jurisprudencia de la Corte Constitucional destacan la importancia de diferenciar las etapas del proceso: mientras las negociaciones requieren un nivel de reserva, la implementación de los acuerdos debe ser completamente transparente. Este equilibrio no solo promueve la confianza entre las partes y la ciudadanía, sino que también subraya el papel de las instituciones en garantizar ambos derechos.
La metáfora del escape room nos invita a reflexionar sobre los desafíos de equilibrar el acceso a la información y la confidencialidad en los procesos de paz. Si bien la transparencia es un derecho fundamental que fortalece la democracia, la confidencialidad estratégica puede ser crucial para alcanzar acuerdos en contextos de conflicto.
Al final, construir paz no es solo una tarea de quienes negocian, sino un esfuerzo colectivo que requiere canales accesibles, información veraz y un compromiso real por parte de todos los actores para transformar la realidad.